El insulto colectivo, recogido en el artículo 137c del Código Penal, se refiere al insulto deliberado a un grupo de personas por motivos de raza, religión, creencias, orientación sexual o discapacidad. Esta ley prevé una pena de hasta un año de prisión o una multa de tercera categoría por tales expresiones. Se trata de una forma punitiva de insulto común.
A pesar del derecho fundamental a la libertad de expresión, protegido por el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH), existen límites a esta libertad cuando se trata de expresiones que incitan al odio o la discriminación. En particular, el CEDH protege la libertad de expresión en los debates políticos, pero este derecho no es absoluto. Se permiten restricciones si están previstas por la ley, sirven a un fin legítimo y son necesarias en una sociedad democrática.
El artículo 137 quater del Código Penal constituye una excepción legal a este derecho, garantizando la protección de los grupos contra las declaraciones injuriosas. La distinción entre el insulto de grupo y otros delitos de insulto radica en el carácter público de la expresión y la naturaleza específica del insulto dirigido contra un grupo.
¿Qué dice el artículo de la ley sobre el insulto colectivo?
El artículo de la ley que tipifica como delito el insulto colectivo, el artículo 137c del Código Penal, dice lo siguiente:
1. Será castigado con pena privativa de libertad de duración no superior a un año o multa de tercera categoría el que, en público, de forma oral o mediante escrito o imagen, realice intencionadamente comentarios injuriosos sobre un grupo de personas por razón de su raza, su religión o filosofía de vida, su orientación heterosexual u homosexual, o su discapacidad física, mental o intelectual.
2. Si el delito es cometido por una persona que lo convierta en profesión o hábito o por dos o más personas unidas, se impondrá una pena de prisión no superior a dos años o una multa de cuarta categoría.
¿Qué sanciones pueden imponerse en caso de insultos colectivos?
Corresponde al tribunal juzgar si se ha cometido un delito penal. En caso afirmativo, el juez tendrá en cuenta todas las circunstancias del caso para determinar la pena adecuada y necesaria. Las circunstancias personales del acusado también son importantes. Los abogados de Kötter, L'Homme & Plasman Advocaten se aseguran de que estas circunstancias se presenten adecuadamente al juez. La pena máxima de prisión que puede imponerse por difamación en grupo es de tres meses. Sin embargo, no siempre se impone la pena máxima de prisión.
Un abogado de Kötter, L'Homme & Plasman Advocaten puede desempeñar un papel importante en un caso de presunta difamación colectiva. Por ejemplo, uno de nuestros abogados puede señalar al juez que hay muy pocas pruebas. En ese caso, la sentencia debería ser absolutoria. A veces ocurre que un sospechoso ha confesado un delito. En ese caso, un abogado de Kötter, L'Homme & Plasman Advocaten puede argumentar las circunstancias por las que debería dictarse una condena menor.
¿Es punible el intento de insulto colectivo?
La tentativa de este delito no es punible.
¿Exoneración por insultar en grupo?
Con regularidad, los sospechosos son absueltos de este delito. A continuación se muestra un ejemplo.
En una sentencia del 18 de octubre de 2022, el Tribunal Supremo rechazó el recurso de casación contra la absolución de un sospechoso de difamación colectiva. El acusado había hecho comentarios ofensivos sobre los musulmanes durante una manifestación de Pegida en 2015 y posteriormente los había publicado en Facebook. El tribunal había dictaminado que, aunque las declaraciones eran ofensivas, no podían considerarse innecesariamente hirientes en el contexto de un debate público. El Tribunal Supremo confirmó que el tribunal había evaluado los comentarios en el contexto de la manifestación y la libertad de expresión y que la absolución estaba justificada.
¿Necesita un abogado para un insulto colectivo?
Los abogados de Kötter, L'Homme & Plasman Advocaten son especialistas experimentados en derecho penal y pueden ayudarle en el momento en que usted sea sospechoso de difamación en grupo. Nuestros abogados discutirán con usted el expediente penal y determinarán junto con usted una estrategia que pueda lograr el éxito que usted desea. Sin embargo, es bueno que sepa que nuestros abogados no hornean pasteles dulces; damos consejos sólidos, honestos y sinceros. En caso de que tenga que comparecer ante un tribunal, le prepararán cuidadosamente para la vista. Los abogados de Kötter, L'Homme & Plasman Advocaten se asegurarán de que esté representado de la mejor manera posible durante la vista.
Si tiene alguna pregunta al respecto, no dude en ponerse en contacto con nuestra oficina. Puede enviar un correo electrónico a info@klpadvocaten.nl o (en horario de oficina) llame al 020-6731548. En caso de emergencia (usted o alguien que conoce puede ser detenido en breve), póngase en contacto con nosotros a través de nuestro número de teléfono de emergencias 06-24428734.
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